Martes, 23 Junio 2015 05:35

Observaciones al reglamento de urbanizaciones

La Cámara Costarricense de la Construcción considera que el retiro de la apurada consulta pública del proyecto de Reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones, da una luz de esperanza al sector construcción.

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Un estudio realizado por ésta cámara detalla que de los 101 artículos que contiene la propuesta de Reglamento, 89 tienen al menos un vicio de inconstitucionalidad.

Adicionalmente, analizamos que el INVU se impone competencias que no le corresponden, regulando los usos de suelos y definiendo que terrenos se pueden desarrollar y cuáles no, olvidándose de su competencia residual urbanística delimitada por la Sala Constitucional en su voto 4205-96.

Consideramos que la propuesta del Reglamento supera el ámbito de aplicación expresamente establecido en la Ley de Planificación Urbana (LPU) para el mismo, violentando la autonomía de las Municipalidades de su ordenamiento territorial, así como el derecho de propiedad.

Es grave como este Reglamento afecta los costos de los futuros desarrollos inmobiliarios: obligando a los condominios a ceder hasta un 45% de su área para parques y calles; manteniendo siempre el porcentaje de terreno destinado a áreas comunes; incrementando los anchos de las calles para los nuevos desarrollos, que repercute en un incremento del orden de un 30 a 40% del costo directo de construcción, además de incrementar en otro 30 a 40% el área adicional requerida.

Lo mencionado se traduce en aumentos importantes en el precio final de las viviendas, que afectará tanto a todas las familias de clase media y baja de nuestro país, frustrando su sueño de obtener su vivienda propia.

Adicionalmente, afectará sustancialmente el valor de las viviendas de interés social, lo que puede dar al traste con los programas que en este campo, quieran realizar tanto la actual Administración, como las futuras.

Se presentan graves violaciones de principios y normas constitucionales, como por ejemplo, el de No Confiscación y de Propiedad Privada Inviolable, el Principio de Organización y Estimulo de la Producción, denominado también principio de “Fomento” o “Acceso al Mercado”, así como el Principio de Autonomía Municipal y el de Reserva de Ley, sólo por mencionar algunos, todos incluidos en nuestra Constitución Política.

La Cámara Costarricense de la Construcción considera que los problemas urbanos no se pueden solucionar con un reglamento, pensar esto es iluso, realmente necesitamos buscar soluciones consensuadas con la participación tanto del sector público como del sector privado.
Guillermo Carazo Ramírez
Presidente Cámara Costarricense de la Construcción

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