Jueves, 09 Enero 2014 07:24

A propósito de los derechos humanos

El pasado 10 de diciembre se conmemoró un día más de lo que la Organización de las Naciones Unidas ha declarado como el Día Mundial de los Derechos Humanos, mismo que se ha recordado constantemente desde 1950 hasta el reciente 2013.

 

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La resolución de las Naciones Unidas considera que esta declaración aporta un importante paso en la vía del desarrollo y progreso de la humanidad, principalmente porque hace alusión a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Sin embargo esta fecha no debería ser una celebración pomposa o que engalane los tabloides matinales, sino que debe convertirse en ocasión para poner las barbas en remojo y observar con lupa el recorrido, desarrollo, ejecución, protección y aseguramiento de estos derechos para todas las edades y poblaciones que conforman nuestra nación.
A ojo de buen cubero, se torna evidente que falta mucho por hacer y principalmente cuando se trae a la palestra a ciertas poblaciones tales como adultas y adultos mayores, indígenas y migrantes, solamente por nombrar algunas de estas.
Lamentablemente la protección o aseguramiento de los derechos se da por extensión, ya que en pocas ocasiones, y más aún para pocos sectores de la población, existe claridad y explicitud en cuanto a qué garantías se protegen, cuáles se otorgan y cuáles otras son sensibles para exigir.
Esto no es diferente para la población adulta mayor de nuestro país, y aunque existe una ley especial para este sector, da la impresión de que este instrumento jurídico nacional ha caído en desconocimiento o peor aún, ha sido víctima de la voluntad general de la sociedad por obviarla. Y esto tiene repercusiones no solo en la cotidianidad de las calles, en los ultrajes en los autobuses, los abusos y desplantes en instituciones, organizaciones y empresas, sino que sus inverecundos alcances llegan hasta los estrados judiciales, donde la aplicación de esta ley es escaza y en ocasiones priva más la máxima del menor esfuerzo ante el espíritu de imparcialidad y garante del juzgador.
Sin embargo este panorama poco halagüeño podría ser modificado si se aprobara la Convención, esta garantizaría principios generales y derechos propios para esta población. Solamente basta esperar que este instrumento internacional no se convierta en protector o relator de necesidades básicas inherentes, consideradas por estereotipo o prejuicio, al proceso de envejecimiento, sino que sirva para visibilizar y cimentar la participación y promoción de nuestros adultos mayores y nuestras adultas mayores en medio de una sociedad cada vez más gerontofóbica y hedonista que pierde paulatinamente su altruismo y humanidad.
Gabriel Quirós Calderón

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